Información general
En muchos sectores son escasos los trabajadores altamente calificados, especialmente de enfermería y tecnología de la información. La visa H1-B permite a los profesionales realizar una valiosa contribución a la economía estadounidense.
Requisitos de Elegibilidad
La visa H-1B de no inmigrante puede ser emitida a quienes soliciten una entrada temporal en una ocupación especializada, y que posean las aptitudes profesionales. Las visas son emitidas hasta un tope de 65 mil por año. Entre las “ocupaciones especiales” se incluyen a los contadores, analistas informáticos, programadores, administradores de bases de datos, diseñadores web, ingenieros, analistas financieros, científicos, arquitectos y abogados. Las peticiones deben ser presentadas por los empleadores en función de su necesidad de un empleado no-inmigrante, y exigen que el beneficiario posea una maestría o un grado superior. El beneficiario podrá poseer un título universitario o bien la experiencia necesaria para compensar la falta de un título de maestría. Por cada año de la educación que le falte a un empleado deberá poseer tres años de experiencia en su lugar.
Requisitos de las solicitudes
Ante la solicitud de los servicios de un profesional no-inmigrante al CIS, para obtener el permiso el empleador deberá presentar ante el Departamento de Trabajo el Formulario 9035 (certificado de Condición Laboral), donde debe quedar claro que el puesto laboral no privará de su empleo a un ciudadano de EE.UU. o a un residente legal permanente, no quebrantará las leyes de la unión ni de las condiciones de lock-out, y que además han fracasado todos los intentos posibles por contratar a un ciudadano de EE.UU. o residente, o bien no se ha podido encontrar un candidato calificado para el trabajo.
Duración del estatus
El CIS aprueba una visa H-1B por un período inicial de hasta tres años. El plazo máximo que puede tener una visa H-1B es de seis años, incluyendo todas las prórrogas.
El Certificado de Condición laboral (LCA) de conformidad con el ACWIA (1998)
Las nuevas normativas del LCA (ETA 9035) obligan a que el empleador preste declaración jurada de varios elementos. Las penas por violación son graves y onerosas.
Salario de referencia
El empleador pagará al no-inmigrante H-1B un salario de referencia o superior, al igual que a todas las demás personas con experiencia y calificaciones comparables para el empleo en cuestión, o bien de acuerdo al nivel de salario vigente para la clasificación profesional en el área de empleo, lo que fuera mayor, en base a la información disponible en el momento de la presentación de la solicitud.
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