H-2B Trabajadores

Información general

La visa de no inmigrante H-2B es para trabajadores temporales que vienen a los Estados Unidos para cubrir puestos de carácter temporal. Tales puestos son por lo general relacionados con un marco de tiempo específico o un contrato. La clasificación H-2B es también la adecuada para atletas o profesionales de las artes escénicas que aún no han alcanzado renombre internacional, y para trabajadores calificados en artes y oficios capaces de realizar tareas para las cuales no hay trabajadores norteamericanos disponibles.

Normas para la determinación de la necesidad temporal:

Las necesidades temporales de un empleador para requerir de los servicios o de la mano de obra deben cumplir con una de las siguientes categorías:

A. Ocurrencia puntual

  • En el pasado el empleador no había contratado trabajadores para realizar tales servicios y además no prevé necesitar tales trabajadores para realizar esos servicios o mano de obra en el futuro.
  •  El empleador tiene una situación de demanda de empleo que no es permanente, sino que constituye un episodio temporal de corta duración por el cual se ha generado la necesidad de un trabajador temporal.

Ejemplo:
El empleador consigue un contrato excesivamente grande y en forma sorpresiva, por el cual debe suministrar un producto o servicio muy por encima de su capacidad actual.

A. Necesidad de temporada

El empleador debe demostrar que el servicio o trabajo está tradicionalmente ligado a una época del año por un evento o una situación especial y que es de carácter recurrente.

Ejemplo:
La necesidad se genera debido principalmente a la temporada, ya que el clima impide que se dé la actividad durante el resto del año. Por ejemplo: Instructores de esquí o trabajadores de jardinería o paisajismo.

B. Necesidad por pico de consumo

El empleador debe demostrar que se emplea regularmente a trabajadores permanentes para prestar servicios o mano de obra en el lugar de trabajo, y también que tiene la necesidad de complementar, con carácter temporal, su personal permanente. Esto se puede deber a una misión de temporada o de corto plazo con empleados temporales, y que la situación no se convertirá en parte de la operación habitual. La categoría coincide, hasta cierto punto, con las categorías de temporada o por única vez. El empleador tiene una mayor demanda de trabajadores durante el pico de la temporada alta en comparación con los períodos de inicio y finalización de la curva de la temporada.

Ejemplo:
Un hotel que contrata mucamas adicionales durante la temporada turística (la temporada de mayor actividad).

C. Necesidad intermitente

El empleador debe demostrar que no ha empleado trabajadores permanentes o de tiempo completo para realizar servicios o mano de obra, pero de vez en cuando o de manera intermitente tiene la necesidad de trabajadores temporales por un período corto.

Ejemplo:
La necesidad temporal de un reparador o de un técnico para el mantenimiento de maquinarias que fueron compradas en el extranjero.

Proceso de presentación:
El empleador debe completar el Formulario ETA 750, Parte A, por triplicado. Los formularios deben ser de doble faz y contener la firma original del empleador (no copias).

  • Si un abogado está representando a la empresa, en ese caso también se deberá presentar un Formulario G28 junto con la solicitud.
  • El empleador debe acompañar una carta que describa y justifique la necesidad temporal (ocurrencia única, temporada, etc.) para el empleo de los trabajadores. La nota debe ser en papel membretado de la empresa y firmado por la misma empresa que presentó los formularios ETA 750.
  • La solicitud no podrá ser presentada antes de los 120 días de que sea necesaria la contratación de los trabajadores extranjeros en el trabajo. Sin embargo, para dar tiempo suficiente al trámite de la solicitud, se aconseja que ésta sea presentada por lo menos 90 días antes de que el trabajador sea necesario.
  • A la solicitud se le dará una fecha de prioridad (fecha de presentación) y será evaluada el personal de Certificación de Trabajo Extranjero (FLC). El empleador será notificado si se encontraran deficiencias en su solicitud, que deberán ser corregidas para continuar el procesamiento.
  • Durante 10 días se publicará una orden de contratación en la bolsa de trabajo informática. Además, se le darán instrucciones al empleador sobre la publicación de la búsqueda laboral en un periódico (durante 3 días consecutivos) para la contratación de trabajadores de EE.UU..
  • Durante el proceso de selección, el personal del FLC recopilará y revisará todos los curriculum vitae, solicitudes y cartas de interés de los postulantes.
  • Después de los 10 días finaliza el proceso de reclutamiento y se le envían al empresario todos los solicitantes calificados para establecer futuros contactos y entrevistas. También se le entregan instrucciones escritas para la preparación de los resultados de la contratación. En los resultados de la contratación el empleador debe proporcionar razones legales relacionadas con lo laboral para justificar la no contratación de un trabajador de los EE.UU.
  • El empleador envía ala Unidadde FLC los resultados de la contratación y las páginas del periódico donde se publicó el anuncio de búsqueda, para su posterior procesamiento. Allí se evalúan los resultados de la contratación y el empleador o su representante se pondrán en contacto para resolver las posibles deficiencias en la documentación.
  • La aplicación queda lista para que el personal del FLC lo remita al Departamento de Trabajo de EE.UU., que será el que determine acerca de la certificación.
  • El Oficial Regional de Certificación expide la “resolución definitiva”, ya sea otorgando o bien negando la certificación.
  • La certificación es para ser utilizada por el empleador como fundamento a la solicitud de visa H2B ante los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los EE.UU. (el INS).
  •  Las apelaciones a una denegatoria expedida por el Oficial de Certificación deberán ser presentadas ante la USCIS.

 

Requisitos de los salarios:

La Leyde Inmigración y Nacionalidad (INA) obliga a que el salario pagado a los trabajadores temporales extranjeros deban alcanzar o exceder el salario vigente. El salario que prevalece es el monto salarial que otros trabajadores (de los EE.UU.) recibirían por un trabajo similar con calificaciones similares en la misma área de trabajo. El empleador puede solicitar una determinación de salario vigente antes de la presentación de la solicitud, completando el formulario de Solicitud de Salario Vigente.

 

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